Modelo 349: Qué es, para que sirve y cuándo se debe presentar en Hacienda

Si estáis leyendo este artículo es por que probablemente realicéis operaciones de compra o venta con empresas fuera de España pero dentro de la Unión Europea y tengáis dudas sobre si os toca presentar el Modelo 349 de operaciones intracomunitarias o cuando se presenta este modelo.

Si ya conocéis el modelo y lo que queréis saber es cómo rellenarlo, os dejamos el artículo con las instrucciones para cumplimentar el 349 paso a paso.

Leyendo el siguiente artículo aprenderás:

Para los que usáis el programa online Quipu, no os tenéis que preocupar por nada ya que el programa lo completa automáticamente por ti a partir de las facturas de ingresos y gastos que vayáis creando y registrando en el programa.

¿Qué es el Modelo 349?

El modelo 349 es una declaración en la que los autónomos y las empresas que realicen operaciones de compra-venta de bienes o servicios con otras empresas miembro de la UE, deben detallar dichas operaciones a la Agencia Tributaria mediante este modelo.

¿Para que sirve el modelo 349?

El modelo 349 sirve principalmente para informar a Hacienda de dichas operaciones realizadas con empresas o proveedores fuera de España pero dentro de la UE. Su presentación no conlleva ningún pago, ya que como bien dijimos es un modelo meramente informativo, pero todas las empresas o autónomos que realicen este tipo operaciones, tienen la obligación de presentar el Modelo 349.

¿Cuáles son las operaciones intracomunitarias?

Una operación intracomunitaria es aquella que incluye compra o venta de un bien o servicio a una empresa ubicada en un país dentro de la Unión Europea.

🔗 Ampliar información: Antes, es necesario tener hecho el alta en el ROI (Registro de Operadores Intracomunitarios), esto se hace a través del modelo 036.

Descubre en el siguiente enlace todo sobre las operaciones intracomunitarias. Te contamos  cómo pedir el NIF intracomunitario, si llevan o no IVA, cómo declararlo  y más..

¿Quién tiene que presentar el modelo 349?

Todo sujeto pasivo del Impuesto sobre Valor Añadido (IVA) que compre o venda productos, como también aquellos que venden servicios a otras empresas ubicadas en países dentro de la Unión Europea están obligados a presentar la “declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias”. Para esto deben cumplirse ciertos requisitos: 

  1. Que la compra/venta del bien o servicio no sea efectuada en el territorio de aplicación del impuesto. Es preciso aclarar que operaciones realizadas con Canarias, Melilla y Ceuta, pese a ser territorios con tributos diferente al del resto de la Península, se consideran importaciones o exportaciones y  no serán consideradas operaciones intracomunitarias.
  2. Que dichas operaciones estén efectivamente sometidas a gravamen en otro estado parte de la UE.
  3. Que el que venda o compre el producto o servicio  sea trabajador autónomo o sociedad.
  4. Ambas partes deberán estar registradas oficialmente como operador intracomunitario y como tales tendrán un número identificativo adjudicado. 

💡 QUIPU TIP: Poniéndolo fácil, el modelo 349 lo presentan principalmente: Aquellos que vendan bienes a empresas ubicadas en países miembros de la Unión Europea.  Aquellos que compren bienes a empresas en países miembro de la Unión Europea.  Aquellos que compren servicios a empresas de países dentro de la Unión Europea.  Aquellos que presten servicios a empresas de países dentro de la Unión Europea.

¿Cuándo se presenta el modelo 349? 

El modelo 349 se presenta, en relación al monto de facturación de la empresa, de manera trimestral, bimestral o mensual. 

De ser de manera mensual, se hace durante los primeros 20 días naturales del mes inmediatamente siguientes al correspondiente período mensual (salvo el mes de julio, que se puede presentar en el mes de agosto y durante los primeros 20 días naturales de septiembre).

Lo más probable es que la presentación del modelo 349 tenga que ser trimestral:

  • 1 y el 20 de abril
  • 1 y 20  de julio
  • 1 y 20 de octubre.
  • y el 30 de enero del año siguiente.

En muy pocos casos, la declaración podrá ser bimestral. A continuación les detallaremos las distintas casuísticas: 

📆  Plazos de presentación del modelo 349

  • Presentación mensual del 349: Si el importe total de las ventas de bienes y servicios, supera los 50.000€ durante el trimestre en curso o en los cuatro trimestres naturales anteriores.
  • Presentación bimestral del 349:  Cuando al terminar el segundo mes de un trimestre el importe de las operaciones intracomunitarias supere los 100.000 euros. Si al final del segundo mes de un trimestre natural el importe total de las entregas de bienes y prestaciones de servicios que deban consignarse en la declaración supera los 50.000€. Se deberá presentar una declaración mensual correspondiente a los dos primeros meses del trimestre, incorporando una marca en la que se indique que es una declaración bimestral y no será necesario presentar la declaración del primer mes.
  • Presentación trimestral del 349: Cuando, ni durante el trimestre de referencia ni en cada uno de los cuatro trimestres anteriores el importe total de las ventas de bienes y prestaciones de servicios sea superior a 50.000€. En caso de superarlo, su periodicidad pasará a ser mensual.

A partir del ejercicio 2020 no existe más la posibilidad de presentar el modelo 349 de forma anual. La declaración que corresponda al ejercicio de 2019 (presentación en enero de 2020) fue el último ejercicio en el que se podía presentar de manera anual.

Presentación telemática del modelo 349

En el siguiente apartado contaremos brevemente como presentar el modelo 349 importando los datos del modelo desde un fichero de presentación.

Los pasos a seguir para la presentación telemática del modelo 349 son:

1 ) Entrar a la web de la Agencia Tributaria, y, dentro de la Sede Electónica, acceder al apartado de Impuestos y tasas -> Declaraciones informativas -> Modelo 349. Declaración Informativa. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias.

2 ) En el apartado de «Trámites» -> «Presentación (hasta 40.000 registros)». Al hacer click será cuando te pida el certificado electrónico, el DNI electrónico o la clave PIN para poder hacer los trámites.

3 ) Adentro de esta sección, verás una pantalla con el formulario del modelo y saltará un pop-up en el que habrá que seleccionar si queremos importar la información desde un fichero o bien si se quieren rellenar a mano:

4 ) Una vez importado, se completarán los datos automáticamente. Revisa con atención los datos y si esta todo bien, haz click en «Firmar y enviar» para terminar la presentación.

Como rellenar el modelo 349 sin hacer cálculos

 Descubre en el siguiente vídeo de 1 minuto cómo Quipu puede ayudarte a presentar el modelo 349 fácilmente y sin errores.

Te enseñaremos con capturas de pantalla como hacerlo en 5 pasos 👇🏻

✍️ ¿Rellenar el modelo 349 automáticamente?

, con el programa de facturación de Quipu.

📹 En el siguiente vídeo te mostramos como funciona:

  1. Configuración: Añade tu número VAT

2. Sube tus factura de gasto al lector automático. Las facturas de ingresos ya se computarán solas desde el momento que las hayáis creado.

Tan sólo tienes que arrastrar o importar las facturas al programa y Quipu leerá la información y asociará el VAT number de tus proveedores computando la información para completar el modelo

3. Ve al apartado Impuestos y elige el Modelo 349 haciendo click en “editar”

Una vez abrimos el modelo le damos click a “recalcular importes” para que se rellenen todos los campos que vemos vacíos.

4. ¡Listo! Veras cómo en la Página 1 se ha completado toda la información con todos los importes de tus facturas de ingresos y gastos y cómo se han completado en la Página 2 todos los clientes y proveedores con los que realizasteis operaciones intracomunitarias.

Dale click a “Guardar” y luego marcar como “listo para presentar”

5. Descarga el archivo .txt que luego subirás en la web de Hacienda

Encontrarás el archivo .txt en la pestaña de “presentados” una vez que hayáis hecho click (paso 4) en listos para presentar. En este apartado se irán listando todos los modelos que tengáis listos para presentar en Hacienda.