Modelo 190: Cómo rellenar con instrucciones paso a paso para presentar sin errores.
A continuación os contaremos de forma comprensible cómo cumplimentar el modelo 190, una declaración de carácter informativo y anual. Os recomendamos leer el siguiente artículo si todavía no sabéis qué es y para qué sirve el modelo 190.
Artículo actualizado según cambios publicados en el BOE, Orden HAP/1626/2016, de 6 de octubre.
Leyendo este artículo aprenderás:
Para los que usáis Quipu no tendréis que preocuparos, ya que a medida vayáis registrando las facturas de ingresos y gastos que tengan retención en vuestra cuenta, el programa los irá asignando y clasificando con la categoría adecuada para que luego se cumplimente con 1 click.
📹 Cómo rellenar el MODELO 190 casilla por casilla
En el siguiente video Roger Dobaño CEO de Quipu explica paso a paso cómo rellenar el modelo 190 y responde a las preguntas más frecuentes.
Además con el programa de facturación de Quipu podrás:
✅ Anticipar lo que pagarás en IVA e IRPF: conocerás qué impacto tendrá en tu modelo 190 cualquier ingreso o gasto en tiempo real.
✅ Deducir todos tus gastos: Podrás subir tus gastos desde cualquier lugar con el lector de tickets y facturas y los datos se procesarán automáticamente en menos de 24h.
✅ Autorellenado de impuestos: al centralizar en Quipu tu facturación los modelos tributarios 303, 130, 111, 115, 349, 180, 190, 347 y 390 se autocompletarán automáticamente.
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¿Qué información necesito para rellenar el modelo 190?
Para rellenar el modelo 190 se necesitan todas las facturas de gastos en donde el declarante ha retenido IRPF por el servicio por parte de terceros de servicios profesionales y de trabajadores (nóminas). Deberemos pues tener en cuenta todas las facturas las cuales, diferentes profesionales nos han practicado una retención en la factura.
Pueden ser estas retenciones:
- Nóminas (metálico)
- Nóminas (en especie)
- Servicios profesionales (metálico)
- Servicios profesionales (en especie)
- Juegos y concursos (metálico)
- Juegos y concursos (en especie)
- Aprovechamiento forestal (metálico)
- Aprovechamiento forestal (en especie)
- Derechos de imagen
Recuerda que nosotros tenemos la obligación de liquidar dicha retención a Hacienda es por ello que entregamos dicho modelo.
Instrucciones para rellenar el modelo 190 paso a paso
Para que sepáis cómo rellenar el modelo 190, os explicamos todos los pasos para que sea fácil presentarlo..
En primer lugar, debemos saber que con el modelo informamos del resultado total de los 4 trimestres, y en la siguiente hoja, informaremos de cada uno de los proveedores que hayamos tenido.
El 190 es un modelo que puede ser complejo para ciertas casuísticas, especialmente aquellas que implican la gestión de nóminas. Por ello, es importante entender que si os parece muy difícil, siempre pueden contar con un asesor que supervise tu información y rellene el modelo 190 por tí con los documentos correspondientes. Con Quipu, un asesor certificado se encarga de ello, para que puedas estar tranquilo sabiendo que tus cuentas estan siempre en orden. ¿A qué esperas a probarlo? ¡Haz click aquí y pruébalo! 🙂
Cómo rellenar este modelo sin perceptores
Llegados aquí, vamos a ver cómo se cumplimenta en caso de no tener perceptores. Esto es cuando no tienes trabajadores a cargo o bien, no emites facturas a profesionales, y por tanto, no has podido aplicar retenciones.
💡 QUIPU TIP : Si no hemos tenido ningún trabajador o no hemos retenido en las facturas a ningún profesional durante todo el año, lo más recomendable es modificar esta opción en el modelo de Alta Censal 036.
En caso que no lo hagamos, consignaremos en el apartado de perceptores del modelo el valor 0. Pero, solo que hayamos presentado en un trimestre el modelo 111, tendremos que rellenar obligatoriamente el modelo anual e informaremos de todo ello.
Página 1 del modelo 190
El modelo 190 es un poco largo, ya que debemos reflejar mucha información. La primera página del modelo, está dedicada a la identificación del declarante, así como todos aquellos datos que aportan información a la misma Declaración. Venga, ¡Manos a la obra! Empezamos a rellenar el modelo 190 🙂
1.- Identificación:
En este primer apartado es donde indicamos el ejercicio, es decir, el año. También el NIF, el nombre completo del autónomo o empresa, domicilio fiscal y por último, el teléfono de contacto. Además, los cambios definidos por Hacienda, añaden un campo para poner el Correo electrónico del declarante. Para los que usais Quipu, no debéis preocuparos, estos datos se vuelcan en el modelo automáticamente.
2.- Declaración complementaria o sustitutiva:
Se marcará con una “X” la casilla “Declaración complementaria” cuando el objetivo sea incluir otras percepciones que, por el motivo que sea, no hayan sido incluidas en otra declaración presentada con anterioridad y correspondiente al mismo ejercicio.
Y debe marcarse con una “X” la casilla “Declaración sustitutiva” cuando se quiera anular y sustituir completamente otra declaración anterior pero del mismo ejercicio, porque los datos sean inexactos o erróneos. En ambos casos tienes que añadir en este mismo apartado de la hora resumen el número identificativo (13 dígitos) que verás al lado del código de barras de la declaración anterior.
3.- Resumen de los datos incluidos en la declaración:
En este apartado haremos constar los datos de las hojas anteriores. Es decir, el número total de proveedores (o perceptores), tantos como tengamos. Es decir, si un mismo perceptor aparece más de una vez en las hojas interiores, contará tantas veces aparezca relacionado a lo largo del año.
❗️ DATO CLAVE : Es importante que la cantidad resultante coincida con la suma total de las bases imponibles que consten en todos los modelos 111 que hayas presentado trimestralmente a lo largo del año.
4.- Fecha y firma
En este último apartado haremos constar el nombre, apellidos y cargo o empleo. Por último, para poder presentar el modelo 190 debe ser firmado por el declarante o, en su defecto, su representante.
Página 2 del modelo 190
Llegamos a la Página 2 del modelo 190, la más densa, ya que contiene una larga lista de datos, claves y subclaves… ¡Ánimo y poco a poco!
5.- Identificación:
Añadimos el NIF del declarante, es decir, tu propio NIF. También el detalle del ejercicio, esto es, el año anterior. Recuerda que debes listar cada una de las hojas del modelo (hoja / total de las hojas).
6.- Detalle de Percepciones
Este apartado se rellenará automáticamente para los que usen Quipu.
DATOS DEL PERCEPTOR
NIF perceptor
En este punto, detallarás los datos de cada perceptor (empleado o proveedor). Recuerda que este es un modelo donde declaras las retenciones que hayas practicado a trabajadores, profesionales o empresarios. Incluímos el NIF o número fiscal de cada uno de ellos, sea empresa o autónomo. Recuerda que en este último caso, es el DNI.
NIF del representante legal
Para los casos en que el perceptor sea un menor de 14 años, incluiremos el representante legal de dicho menor, padre, madre o tutor.
Nombre o razón social
Especificaremos el nombre completo o nombre de la empresa a la que corresponde el NIF indicado anteriormente.
Provincia (código)
Aquí especificamos dos dígitos del código postal de la provincia donde resida fiscalmente el proveedor. Por ejemplo, el código 08 correspondiente a la província de Barcelona, el 28 para Madrid o 16 para la de Cuenta.
DATOS DE LA PERCEPCIÓN
A partir de aquí iremos detallando las claves y subclaves que integran el modelo 190, y que recogen el origen de los gastos o pagos.
PERCEPCIONES DINERARIAS NO DERIVADAS DE INCAPACIDAD LABORAL.
o Percepciones íntegras. Se debe indicar el importe íntegro total (bruto) satisfecho al perceptor a lo largo del año.
o Retenciones practicadas. Se debe indicar el total de retenciones practicadas a la que refieren las percepciones íntegras anteriormente especificadas.
PERCEPCIONES EN ESPECIE NO DERIVADAS DE INCAPACIDAD LABORAL.
o Valoración. Deberá especificarse el valor en euros de las percepciones en especie.
o Ingresos a cuenta efectuados. Se indicará el valor efectivamente ingresado a cuenta por el pagador en relación con las percepciones en especie indicadas en la casilla “valoración”
o Ingresos a cuenta repercutidos. Se indica los ingresos a cuenta efectuados que se hubiera repercutido al perceptor.
PERCEPCIONES DERIVADAS DE INCAPACIDAD LABORAL
o Valoración. Deberá especificarse el valor en euros de las percepciones derivadas de una incapacidad laboral, ya sea temporal o permanente.
o Ingresos a cuenta efectuados. Se indicará el valor efectivamente ingresado a cuenta por el pagador en relación con las percepciones derivadas de una incapacidad laboral.
o Ingresos a cuenta repercutidos. Se indica los ingresos a cuenta efectuados que se hubiera repercutido al perceptor derivadas de una incapacidad laboral.
Ejercicio devengo
Por defecto no se rellena. Solo si la percepción hace referencia a ejercicios (años) anteriores.
Ceuta o Melilla
Marcar la casilla con un 1 si las rentas son obtenidas en Ceuta o Melilla
DATOS ADICIONALES
(Solo se deben rellenar para las claves A, B01, B02, C, D y refiere a la información personal del perceptor)
Año de nacimiento
Año de nacimiento del perceptor
Situación familiar
Si el perceptor es soltero, viudo o divorciado con hijos menores de 18 años o personas dependientes, marcar con un 1. Si es casado y su cónyuge se encuentra en la situación 2ª del artículo 81.1 del Reglamento del Impuesto, marcar con un 2. Para el resto de casos un 3, siendo este el caso más habitual.
NIF del cónyuge
Solo si se ha marcado anteriormente la situación 2.
Discapacidad del preceptor
Marcar con un 1 si entre el 33% y 65%, con un 2 si entre el 33% y el 65% si tiene acreditada la necesidad de ayuda por parte de terceras personas y marcar con un 3 si es superior al 65%
Contrato o relación
Solo para la clave A. Para contratos generales marcar con un 1, para contratos de menos de un año marcar con un 2, para contratos de carácter dependiente un 3 y para contratos de relación esporádica un 4. Para el caso de un mismo preceptor haya tenido contratos de tipología diferente, haremos tantas entradas como sean necesarias.
Reducciones aplicables
Para contratos donde se aplique reducciones previstas en los apartados 2 y 3 del artículo 18 de la Ley del Impuesto se harán constar.
Gastos deducibles
Se anotarán cotizaciones a la Seguridad Social o a mutualidades generales obligatorias según el artículo 19.2.
Pensiones compensatorias
Se marcará el importe de pensiones compensatorias a satisfacer según resoluciones judiciales.
Anualidades por alimentos
Se marcará el importe de anualidades por alimentos a satisfacer según resoluciones judiciales.
Hijos y otros descendientes
Datos referidos a la aplicación del artículo 58 de la Ley del impuesto. Se indica el número de menores de 3 años, los mayores de 3 años (por entero) y luego en “Resto” el total de menores de 3 años incluyendo los no provisto de prestaciones y lo mismo en “por entero”; el total no de hijos no provisto de prestaciones.
Hijos y otros descendientes discapacitados
Datos referidos a la aplicación del artículo 58 de la Ley del impuesto y contemplado en el artículo 60.2. Se especifica el número de beneficiarios según las características de la discapacidad.
Ascendentes
Datos referidos a la aplicación del artículo 59 de la Ley del impuesto. Se especifica el número de beneficiarios según la edad del ascendiente
Ascendientes discapacitados
Datos referidos a la aplicación del artículo 59 de la Ley del impuesto y contemplado en el artículo 60.2. Se especifica el número de beneficiarios según las características de la discapacidad.
7.- Total valores de la hoja
Por último, para terminar de rellenar el modelo 190, tendrás que sumar el total de las bases imponibles que figuran al final de cada, y también el total de las retenciones soportadas.
✍️ ¿Rellenar el modelo 190 automáticamente?
Sí, con el programa de facturación de Quipu.
📹 En el siguiente vídeo te mostramos como funciona: