¿Cómo darse de baja como autónomo en 2023?
El emprendimiento es una tarea apasionante, pero no siempre resulta como uno hubiese deseado. Es posible que los costes lleguen a ser inasumibles, que perdamos la ilusión por un negocio y queramos emprender otro o simplemente que nos salga un buen trabajo en régimen general y queramos poner punto final a nuestro papel como trabajadores por cuenta propia. Sea como sea, darse de baja como autónomo puede no resultar tan sencillo como aparenta.
Sí, la buena noticia es que se puede darse de baja como autónomo por internet, pero para ello hay que conocer el procedimiento y cumplir una serie de características. Por eso hemos decidido reunir toda la información que necesitas en un único texto, ¡para que no se te quede ningún cabo suelto!
En este artículo aprenderás:
Requisitos y trámites para darse de baja en el régimen de autónomos
Aunque muchos emprendedores piensan que para poner fin a una actividad laboral por cuenta propia basta con ‘cerrar la puerta’ y dejar de vender productos o servicios, en realidad el proceso es algo más laborioso. El trabajador autónomo que quiera dejar de ejercer su actividad y, como consecuencia, dejar de pagar también su cuota de autónomos, debe reunir una serie de condiciones innegociables para la Agencia Tributaria.
- En primer lugar, es indispensable no tener ninguna cuenta pendiente con Hacienda. Es decir, arrastrar deudas con la Administración invalida por completo cualquier tipo de solicitud de darse de baja como autónomo, por lo que para dejar de pagar la cuota, antes habrá que abonar cualquier posible pago atrasado y, si es pertinente, también los intereses o recargos correspondientes.
- Si la persona que quiere darse de baja como autónomo administra algún tipo de sociedad, es necesario que atestigüe con una escritura pública qué tipo de casuística la ha llevado a presentar la baja como autónomo.
- En cuanto a la tercera condición, afecta a los autónomos que quieran darse de baja habiendo cotizado al menos 12 meses para la prestación por cese de la actividad económica. Dicho de otro modo, en este caso debe quedar de sobra demostrado que las razones económicas que han llevado a la decisión de darse de baja como autónomo son realmente de peso.
Solo las personas que sean capaces de demostrar que estos tres requisitos están perfectamente en regla podrán iniciar el procedimiento para solicitar la baja de autónomo sin ningún tipo de impedimento por parte de la Administración.
Por cierto, también conviene tener en cuenta que darse de baja como autónomo no significa que la aventura emprendedora haya tocado a su fin. En ocasiones necesitamos una temporada de respiro, así que ten muy claro que puedes darte tanto de alta como de baja hasta en tres ocasiones cada año.
Una vez sabiendo qué requisitos son necesarios para optar a la solicitud de la baja de autónomo con éxito, hay que decir que existen dos maneras de darse de baja de hacerlo: bien de forma presencial o bien darse de baja de autónomo online, mucho más ágil y sencillo, sobre todo si sigues punto por punto la guía que te dejamos a continuación.
¿Cómo darse de baja como autónomo en la Seguridad Social?
Darse de baja de autónomo consta de dos procesos paralelos, el cese de la actividad económica en Hacienda y la baja como autónomo en la Seguridad Social.
Comenzaremos con este último paso, que estando en posesión de un certificado digital de la FNMT se simplifica bastante. Solo hay que tener en cuenta que el proceso requiere que nuestro navegador esté correctamente configurado y, por supuesto, que el certificado digital esté en vigor.
1) El primer paso es acceder a la Sede Electrónica de la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) y dirigirse al área de Ciudadanos, en la parte superior izquierda, justo a la derecha del icono con forma de casa.
Se abrirá un desplegable y deberemos elegir la opción de Afiliación, Inscripción y Modificaciones.
2) A continuación, deberemos elegir la opción Baja en trabajo autónomo.
Será de este modo como tengamos acceso al Modelo TA.0521 para darnos de baja en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), que deberemos rellenar y entregar en tiempo y forma. En caso de preferir darse de baja como autónomo de forma presencial, como ya hemos dicho, se podrá optar por acudir a una oficina de la TGSS y solicitar el modelo TA.0521 impreso en papel.
Tramitación del cese de actividad en Hacienda
Solicitar el cese de actividad en la AEAT es proceso más laborioso que el de la TGSS, pero, al igual que te contamos unas líneas más arriba, si sigues el paso a paso que te dejamos a continuación lo tendrás listo en cuestión de minutos.
Eso sí, a modo de recomendaciones:
- Ten en cuenta que tienes hasta un mes para solicitar la baja como autónomo.
- Lo mejor es gestionar la baja de autónomo tras el cierre de un trimestre, sin haber emitido nuevas facturas, ya que así no tendrás que rellenar documentos al cierre del siguiente trimestre aunque hayas cesado la actividad.
Y ahora sí, vemos una breve guía sobre cómo cursar la baja como trabajador por cuenta propia sin ningún tipo de contratiempo con esta breve guía:
1) Lo primero es acceder a la web oficial de la Agencia Tributaria e ir al apartado Presentación de declaraciones, calendario del contribuyente.
2) Una vez dentro, en la zona central de la pantalla debemos pinchar sobre el hipervínculo Todas las declaraciones por modelo y, en la siguiente pantalla, clicar sobre el apartado de la nueva pantalla central que aparece como Presentar y consultar declaraciones.
3) Aparecerá un listado en el que deberemos seleccionar la opción Modelo 036-037, y justo a continuación, en la pantalla siguiente, escogeremos Modelo 037. Cumplimentación y presentación telemática.
4) Existe otra manera de llegar al Modelo 037, y es, desde la página de Inicio de la web de la AEAT, siguiendo la ruta Empresarios individuales y profesionales / Censos NIF y domicilio fiscal / Modelo 037. Cumplimentación y presentación telemática.
5) Será entonces cuando el sistema de Hacienda nos solicite el acceso con nuestro certificado o DNI electrónico para verificar que efectivamente somos nosotros quienes queremos presentar la solicitud de baja de autónomo.
6) Ya con el Modelo 037 en tu poder, te interesará echar un vistazo a nuestro artículo sobre cómo rellenar el modelo 037, aunque en esta ocasión sea para gestionar una baja y no un alta en el sistema.
7) Las más importantes dentro de este modelo de Hacienda, en este caso, son la casilla 150 (baja en el censo de empresarios), la casilla 151 (cese de actividades empresariales y profesionales) y la casilla 152, donde se fija la fecha del fin de la actividad económica.
8) Si tras esto damos de baja también todos los epígrafes del IAE (Impuesto sobre Actividades Económicas), ya solo faltará comprobar que todo ha ido bien consultando el apartado Mis Expedientes.
Por supuesto, como ya comentamos en el apartado de los requisitos, habrá que saldar cualquier tipo de posible deuda con la Administración, así como presentar los modelos correspondientes si tras la fecha de cese de actividad volvimos a emitir algún tipo de factura (como por ejemplo el modelo 303 de IVA).
Cómo darse de baja en el RETA
La baja del RETA online se gestiona desde la Sede Electrónica de la TGSS, y aunque ya hemos explicado un poco más arriba cómo, existe otra forma de hacerlo. Concretamente yendo al apartado Empresas de su página principal y eligiendo después la opción Afiliación, Inscripción y Modificaciones.
Tras esto, elegiremos la opción Baja en trabajo autónomo, incluyendo la misma fecha que le trasladamos a la Agencia Tributaria.
Si se escoge el método telemático, el sistema permitirá descargar un archivo PDF que será la prueba de que todo ha ido bien.
Puedo pedir el paro como autónomo
Hay varias formas de cobrar el paro tras el cese de la actividad, aunque no todos los profesionales que han ejercido como trabajadores por cuenta propia pueden beneficiarse de ello, ya que es necesario cumplir algunos requisitos.
- La primera forma de cobrar el paro tras darse de baja como autónomo es retomando la prestación por desempleo de régimen generalque se dejase a medias en el momento de darse de alta como autónomo. Para esto, ni se pudo agotar mes a mes ni se pudo solicitar su capitalización para iniciar la actividad, y además no pueden haber pasado más de 5 años desde que se cobró por última vez.
- La segunda es haber estado pagando al menos durante un año el importe correspondiente para cobrar el paro por cese de actividad. Es por esto por lo que Hacienda vigila mucho a los autónomos que llevaban apenas un año pagándolo, ya que podrían haber estado anticipando a sabiendas su cobro, algo que no está permitido si no hay justificación económica de por medio.
Preguntas frecuentes a nuestros asesores:
En este apartado vamos a resolver las dudas más frecuentes sobre darse de baja de autónomos a la mano de nuestros expertos, los asesores fiscales.
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Un trabajador por cuenta propia tiene tres días naturales tras la fecha de baja para hacer oficial su solicitud de baja de autónomo. En caso de excederse dicho tiempo, la Tesorería General de la Seguridad Social procederá al cargo de la cuota en su totalidad, y además podría incluso imponer una sanción económica de hasta 625 euros.
La forma más rápida de comprobar si la baja de la Seguridad Social se ha hecho efectiva es comprobandolo desde la Sede Electrónica del organismo. Para ello se necesita el certificado digital y acceder al apartado Mis Informes, donde deberá haber quedado recogido el estado de la situación del profesional.
Sí, la Agencia Tributaria entiende que hay trabajos estacionales, o simplemente malas rachas económicas, y que esto no tiene por qué lastrar a los emprendedores que buscan florecer como trabajadores autónomos.
Lo mejor que se puede hacer tras haber terminado todo el proceso de solicitud de la baja de autónomo es proceder a la comprobación de que todo está bien cerrado. Es decir, asegurarnos de que ya no estamos dados de alta como autónomos y que, por tanto, no tendremos que hacer frente a más gastos de la cuenta. La forma más rápida de hacerlo es solicitando un Informe de Vida Laboral y comprobando nuestro estado a ojos de Hacienda.
Es posible darse de baja y de alta como autónomo hasta tres veces dentro de un mismo ejercicio económico sin ningún tipo de problema ni penalización económica. Eso sí, para conseguirlo sin problemas habrá que estar al corriente con Hacienda en todas ellas.
No, es una casuística que no se contempla, y de hecho es ilegal en España. Solo deben cotizar aquellos profesionales que desempeñen una actividad económica, por lo que la baja en la AEAT conlleva también la baja en la Seguridad Social.